·
Se establecerá la Junta de Gobierno del INAPESCA,
organismo rector que tomará las decisiones sobre el rumbo de la institución en
la realización de acciones que contribuyan a la innovación y desarrollo
tecnológico del sector pesquero.
El Gobierno de la República publicó
hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se
establece la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Pesca
(INAPESCA) y la conformación de su Junta de Gobierno.
La Junta de Gobierno del INAPESCA será
el organismo rector que tomará las decisiones sobre el rumbo de la institución
para la ejecución de acciones que contribuyan al fortalecimiento del sector agroalimentario
de México e impulsen la ciencia e innovación tecnológica, expuestas entre los
objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
El decreto, que entrará en vigor
mañana martes, determina que además de las atribuciones del INAPESCA, previstas
en el Artículo 29 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la
institución tendrá la facultad de elaborar investigaciones con un enfoque
integral e interdisciplinario y vinculado a los procesos naturales, económicos
y sociales de la actividad pesquera. Asimismo, podrá proporcionar servicios
profesionales de investigación científica, tecnológica y consultoría en las
áreas de su competencia.
Igualmente apoyará a las dependencias
y entidades competentes en la realización de estudios de ordenamiento ecológico
e impacto ambiental respecto de las obras que emprenda la Comisión Nacional de
Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) en materia acuícola y pesquera;
El documento señala que tendrá la
atribución de desarrollar, promover y apoyar la investigación en materia de
sanidad y nutrición acuícola y poner a disposición de los productores de
organismos acuáticos, los servicios de diagnóstico y control de enfermedades,
así como participar con las dependencias y entidades competentes en las
campañas de prevención.
Adicionalmente podrá promover el
desarrollo tecnológico, la innovación y transferencia tecnológica para el
manejo y administración de los recursos del sector pesquero y de la acuacultura
nacional.
El DOF refiere que la administración
del INAPESCA estará a cargo de una Junta de Gobierno integrada por un
presidente que será el titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), así como un representante de
las secretarías de Marina, de Hacienda y Crédito Público, del Medio Ambiente y
Recursos Naturales, de Comunicaciones y Transportes y de Turismo, así como de
los órganos desconcentrados como las comisiones Nacional del Agua y Nacional de
Acuacultura y Pesca, las cuales designarán a sus respectivos suplentes.
El presidente de la Junta de Gobierno
tendrá la facultad de invitar a representantes del sector privado, social y
académico, los cuales formarán parte de este órgano.
Asimismo, precisa que el director
general del INAPESCA será designado por el Presidente de la República, o a
indicación de éste, a través del secretario de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por medio de la Junta de Gobierno, y
deberá reunir los requisitos previstos en la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales y su Reglamento.
Añade que la Junta de Gobierno tendrá
entre sus atribuciones la de nombrar y remover, a propuesta del director
general, a los servidores públicos que ocupen cargos con las dos jerarquías
administrativas inferiores a la de aquél, en términos de lo dispuesto en la Ley
Federal de las Entidades Paraestatales.
Indica que el INAPESCA contará con los
órganos de vigilancia y de control interno a que se refieren la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales,
que tendrán las facultades que les otorgan las mismas y demás disposiciones
aplicables.
Destaca que los derechos de los
trabajadores adscritos al INAPESCA como órgano administrativo desconcentrado de
la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
serán respetados conforme a la ley.