DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

miércoles, 10 de septiembre de 2014

2ª. Reunión Ordinaria del Consejo Distrital 05 de Desarrollo Rural Sustentable en el Estado de Guanajuato

El pasado mes de Agosto del año en curso se llevó a cabo la segunda reunión ordinaria del Consejo Distrital 05 de Desarrollo Rural Sustentable, con la asistencia de los 18 directores de Desarrollo Rural de los municipios pertenecientes a este Distrito y la  participación  activa de representantes de las diferentes dependencias federales y estatales.

Dentro del desarrollo de la reunión se tocaron temas referentes al componente CADENA por parte del  C. Ing. Gerardo Espinoza representante de SAGARPA quien menciono que uno de los objetivos, es  aumentar la participación nacional del 58% al 75%, de superficie asegurada así como la estrategia integral sectorial, informando  las características de elegibilidad y montos de apoyo al cual pueden acceder los productores que deseen adquirir protección.

Por parte de la SDAyR  el C. Roberto Estrada Martínez presento  los requisitos específicos y montos de apoyo para el aseguramiento de las actividades agropecuarias en el estado.

El Lic. Ángel Romero Peña, representante del Instituto de Seguridad de la Tenencia de la Tierra del estado de Guanajuato,  dio a conocer el programa de regulación de tierra de predios de propiedad privada o social  informando las características que deben cumplir.

a)    Que tenga una máxima de 10 has de riego, o sus equivalentes 20 has de temporal o 40 has de agostadero, o 80 has de monte o cerril.
b)    Que tenga una posesión mínima de 5 años.
c)    Que la posesión del predio sea pacifica, pública, continua y de buena fe.
d)    Que el predio no esté inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
e)    Que el predio no sea o pueda ser materia de litigio.


Se contó también con la participación de C. MVZ Miguel Ángel Arvízu Abundis representante del Centro de Extensión e Innovación Rural (CEIR), quien dio a conocer a los integrantes del consejo los aspectos generales de la operación del “CEIR”, cuyo objetivo principal es generar prestadores de servicios capacitados y profesionales así como coadyuvar a los procesos de innovación y la mejora competitiva de las cadenas de valor 

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