DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

martes, 14 de agosto de 2012

Declara SAGARPA a México como libre de salmonelosis aviar


·         La declaratoria impacta positivamente en la industria avícola nacional cuyo valor se estima en 89 mil millones de pesos, pues la hace más competitiva y rentable.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) declara al territorio de los Estados Unidos Mexicanos, como Zona Libre de Salmonelosis Aviar (Salmonella Pullorum y Salmonella Gallinarum), a través de un acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Una vez que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) comprobó científicamente que desde 1989 no se ha detectado el aislamiento de la bacteria de la salmonelosis aviar causada por la S. pullorum y que en 2009 se erradicó la S. gallinarum, la SAGARPA emitió este acuerdo que beneficia a la industria avícola cuyo valor se estima en 89 mil millones de pesos.

La declaratoria hace más competitiva y rentable a la producción avícola nacional, pues da certidumbre y fortalece el acceso a mercados nacionales e internacionales, tanto de aves vivas como de sus productos y subproductos.

Es posible declarar a México libre de la salmonelosis gracias al trabajo que ha realizado la SAGARPA, por conducto del SENASICA, en coordinación con los Gobiernos Estatales y los productores avícolas del país, quienes han desarrollado y ejecutado acciones sanitarias para el diagnóstico, control, erradicación y vigilancia epidemiológica, tanto activa como pasiva.

El acuerdo señala que con el fin de garantizar que el territorio permanezca libre de salmonelosis aviar, técnicos y productores deberán seguir observando las actividades de prevención, diagnóstico y vigilancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 78, 160 y 161 fracción V de la Ley Federal de Sanidad Animal.

Por lo que, se mantendrá la vigilancia epidemiológica, pero considerando a la Salmonelosis aviar como una enfermedad exótica para México.

Cabe recordar que las labores para la erradicación de la enfermedad comenzaron el 1 de septiembre de 1994, cuando se publicó en el DOF la Norma Oficial Mexicana NOM-005-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Salmonelosis Aviar, que dispuso su observancia obligatoria en el territorio nacional.

Los datos técnicos de las acciones sanitarias realizadas confirman que se ha llevado a cabo una efectiva vigilancia epidemiológica y actividades de prevención y erradicación.

Para ello se tomaron muestras en animales de órganos e hisopos, procedentes de explotaciones avícolas tanto tecnificadas como de traspatio, así como de rastros a nivel nacional.

Las muestras fueron procesadas en laboratorios oficiales y en diversos laboratorios de diagnóstico aprobados por la SAGARPA para el diagnóstico de la salmonelosis aviar y no se encontró evidencia bacteriológica de esta enfermedad, con lo que se confirmó la ausencia en el territorio nacional del agente etiológico de la salmonelosis aviar (S. pullorum y S. gallinarum).

No hay comentarios: