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La declaratoria impacta positivamente en la industria avícola nacional
cuyo valor se estima en 89 mil millones de pesos, pues la hace más competitiva
y rentable.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación (SAGARPA) declara al territorio de los Estados Unidos
Mexicanos, como Zona Libre de Salmonelosis Aviar (Salmonella Pullorum y Salmonella
Gallinarum), a través de un acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la
Federación (DOF).
Una vez que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y
Calidad Agroalimentaria (SENASICA) comprobó científicamente que desde 1989 no
se ha detectado el aislamiento de la bacteria de la salmonelosis aviar causada
por la S. pullorum y que en 2009 se erradicó la S. gallinarum, la SAGARPA
emitió este acuerdo que beneficia a la industria avícola cuyo valor se estima
en 89 mil millones de pesos.
La declaratoria hace más competitiva y rentable a la
producción avícola nacional, pues da certidumbre y fortalece el acceso a
mercados nacionales e internacionales, tanto de aves vivas como de sus
productos y subproductos.
Es posible declarar a México libre de la salmonelosis
gracias al trabajo que ha realizado la SAGARPA, por conducto del SENASICA, en
coordinación con los Gobiernos Estatales y los productores avícolas del país,
quienes han desarrollado y ejecutado acciones sanitarias para el diagnóstico,
control, erradicación y vigilancia epidemiológica, tanto activa como pasiva.
El acuerdo señala que con el fin de garantizar que el
territorio permanezca libre de salmonelosis aviar, técnicos y productores
deberán seguir observando las actividades de prevención, diagnóstico y
vigilancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 78, 160 y 161 fracción V
de la Ley Federal de Sanidad Animal.
Por lo que, se mantendrá la vigilancia epidemiológica, pero
considerando a la Salmonelosis aviar como una enfermedad exótica para México.
Cabe recordar que las labores para la erradicación de la
enfermedad comenzaron el 1 de septiembre de 1994, cuando se publicó en el DOF
la Norma Oficial Mexicana NOM-005-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la
Salmonelosis Aviar, que dispuso su observancia obligatoria en el territorio
nacional.
Los datos técnicos de las acciones sanitarias realizadas
confirman que se ha llevado a cabo una efectiva vigilancia epidemiológica y
actividades de prevención y erradicación.
Para ello se tomaron muestras en animales de órganos e
hisopos, procedentes de explotaciones avícolas tanto tecnificadas como de
traspatio, así como de rastros a nivel nacional.
Las muestras fueron procesadas en laboratorios oficiales y
en diversos laboratorios de diagnóstico aprobados por la SAGARPA para el
diagnóstico de la salmonelosis aviar y no se encontró evidencia bacteriológica
de esta enfermedad, con lo que se confirmó la ausencia en el territorio
nacional del agente etiológico de la salmonelosis aviar (S. pullorum y S. gallinarum).
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