DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

martes, 1 de julio de 2014

Anuncia ASERCA-SAGARPA ampliación del plazo de registro para los incentivos de Agricultura por Contrato correspondientes a maíz y sorgo

·         Será hasta el 18 de julio cuando se podrán registrar los contratos de compraventa a término y adquirir las coberturas correspondientes.
·         En el cultivo de maíz se adiciona como estado productor a Aguascalientes; en sorgo, se incluyen Coahuila y Querétaro.
·         Se considera un volumen total estimado de tres millones 500 mil toneladas a nivel nacional.

La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA) anunció una ampliación en el plazo hasta el próximo 18 de julio para todos aquellos productores de maíz y sorgo interesados en registrar contratos de compraventa a término de estos productos, correspondientes al ciclo primavera-verano 2014, y acceder a los incentivos para la Administración de Riesgos de Mercado que ofrece este órgano desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).

De acuerdo al Cuarto Comunicado de Apertura de Ventanillas publicado el pasado 27 de junio en el Diario Oficial de la Federación, se adiciona el estado de Aguascalientes a los incentivos para maíz, y a los estados de Coahuila y Querétaro en los incentivos para sorgo, y se mantienen las bases de comercialización previamente estipuladas.

Los incentivos para Agricultura por Contrato correspondientes al ciclo agrícola primavera-verano 2014 consideran un volumen total estimado de registro de tres millones 500 mil toneladas.

La referencia para la determinación del precio del Contrato de Compraventa a Término considera dos variables: los niveles de precios del mercado de futuros cotizados en la Bolsa de Chicago para el mes de marzo 2015, así como las Bases de Comercialización Aplicables por cada una de las entidades federativas.

El programa de incentivos considera dos esquemas: el primero de ellos incluye una mezcla de coberturas “Call” y “Put”, de acuerdo a la cual SAGARPA-ASERCA aporta un 75 por ciento del costo de la prima “Call” y el productor debe cubrir el resto.

Para el comprador, el incentivo es del 45 por ciento del costo de la prima “Put” y éste aporta el 55 por ciento; por su parte, ASERCA recupera hasta el 50 por ciento de su aportación y el participante el resto. En este caso, el precio del futuro queda fijo desde el momento de la firma y registro del contrato ante ASERCA.

Únicamente en las entidades federativas de Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Tabasco, Puebla, Hidalgo, San Luis Potosí, Michoacán, Campeche, Yucatán y Quintana Roo la aportación de SAGARPA-ASERCA en la prima de la cobertura “Call” será del 85 por ciento y el productor aportará el 15 por ciento restante ya que de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación los incentivos a los procesos de comercialización de los productos agropecuarios privilegiará a la población objetivo de más bajos recursos a través del otorgamiento de un mayor porcentaje de apoyo en los programas y componentes.
El segundo esquema considera dos vertientes:

Contratos con cobertura de precios “Solo Put”. La cobertura se asigna al comprador, en este caso SAGARPA-ASERCA aporta el 100 por ciento del costo de la prima sin recuperación de beneficios para la Institución. Bajo esta modalidad, el comprador adquiere el compromiso de pagar al productor el incremento que pudiera llegar a presentar el precio del futuro el día de la facturación del producto, más las bases estipuladas en el contrato de compraventa.

La vertiente de coberturas “Solo Call” se asigna al productor. SAGARPA-ASERCA aporta el 100 por ciento del costo de la prima, sin recuperación de beneficios para la Institución. El precio a pagar será el estipulado en el contrato de compraventa.


Todos los productores interesados pueden consultar las bases de comercialización en la página electrónica de ASERCA: www.aserca.gob.mx, o acudir a las oficinas estatales y delegaciones regionales de ASERCA-SAGARPA en cada una de las entidades federativas.

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