DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

miércoles, 2 de julio de 2014

Emite SAGARPA acuerdo para proteger producción de uvas y frutillas

·         La emisión de este acuerdo beneficia productores de frambuesa, fresa y zarzamora que cultivan una superficie mayor a 19 mil 645 hectáreas con una producción de más de 385 mil 928 toneladas en Michoacán de Ocampo, Jalisco, Baja California, Guanajuato, Colima y Estado de México.
·         En el caso de la uva para vino y de mesa el beneficio alcanza 27 mil 872 hectáreas distribuidas en ocho estados de la República Mexicana, de los cuales sobresalen Baja California, Sonora y Zacatecas.

Con el objetivo de proteger la producción de frutillas y uvas, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), publica hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establecen las medidas fitosanitarias para el control y mitigación de la dispersión de la mosca del vinagre de las alas manchadas (Drosophila Suzukii Matsumura).
El acuerdo se emite en virtud de que la mosca del vinagre de las alas manchadas es considerada por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) como una plaga reglamentada para México, ya que puede afectar el comercio internacional del cultivo de fresa, zarzamora, frambuesa, arándano y vid.
La emisión de este acuerdo beneficia productores de frambuesa, fresa y zarzamora que cultivan una superficie mayor a las 19 mil 645 hectáreas con una producción de más de 385 mil 928 toneladas.
De acuerdo con datos del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), las entidades que destacan en la producción de estas frutillas son: Michoacán, Jalisco, Baja California, Guanajuato, Colima y Estado de México.
En el caso de la uva para vino y de mesa el beneficio alcanza a un total de 27 mil 872 hectáreas distribuidas en ocho estados de la República Mexicana, de los cuales sobresalen Baja California, Sonora y Zacatecas, cuya producción durante el 2011, representó un total de 281 mil 144 toneladas con un valor de más de cuatro mil cuatro millones 736 mil pesos, de acuerdo con el SIAP.
Deben cumplir el acuerdo las personas físicas y morales que produzcan, manejen, almacenen, movilicen o comercialicen frutos frescos de fresa, frambuesa, arándano, zarzamora y vid producidos u originarios de zonas bajo control fitosanitario, excepto cuando hayan sido industrializados.
El acuerdo prevé que, con el fin de mitigar el riesgo de dispersión de la plaga, el SENASICA -a través de la Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV)- realiza  acciones como la colocación de trampas y obtener muestras que se enviarán al Centro Nacional de Referencia Fitosanitaria para su diagnóstico, a fin de detectar oportunamente la presencia de la mosca del vinagre de las alas manchadas.
Para estas acciones se cuenta con personal capacitado de los Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal (OASV) en los estados, cuya labor será supervisada por personal del SENASICA, con el apoyo del jefe de programa de Sanidad Vegetal en cada una de las entidades.
El acuerdo considera, acciones de control que deben aplicarse en caso de que se detecte la plaga, así como capacitación para productores y técnicos, la cual será impartida por el OASV correspondiente, o por las empresas productoras de frutos hospedantes.
Otro de los aspectos del acuerdo es la trazabilidad y las medidas que deben realizarse para mantener el estatus de zona libre de la plaga, entre las que destacan la vigilancia epidemiológica y el control de la movilización.

Cabe señalar que el Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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