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La emisión de este acuerdo beneficia productores de frambuesa, fresa y
zarzamora que cultivan una superficie mayor a 19 mil 645 hectáreas con una
producción de más de 385 mil 928 toneladas en Michoacán de Ocampo, Jalisco,
Baja California, Guanajuato, Colima y Estado de México.
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En el caso de la uva para vino y de mesa el beneficio alcanza 27 mil
872 hectáreas distribuidas en ocho estados de la República Mexicana, de los
cuales sobresalen Baja California, Sonora y Zacatecas.
Con el objetivo de proteger la producción
de frutillas y uvas, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación (SAGARPA), publica hoy en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establecen las medidas fitosanitarias
para el control y mitigación de la dispersión de la mosca del vinagre de las
alas manchadas (Drosophila Suzukii Matsumura).
El acuerdo se emite en virtud de que la
mosca del vinagre de las alas manchadas es considerada por el Servicio Nacional
de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) como una plaga
reglamentada para México, ya que puede afectar el comercio internacional del
cultivo de fresa, zarzamora, frambuesa, arándano y vid.
La emisión de este acuerdo beneficia
productores de frambuesa, fresa y zarzamora que cultivan una superficie mayor a
las 19 mil 645 hectáreas con una producción de más de 385 mil 928 toneladas.
De acuerdo con datos del Servicio de
Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), las entidades que destacan en la
producción de estas frutillas son: Michoacán, Jalisco, Baja California,
Guanajuato, Colima y Estado de México.
En el caso de la uva para vino y de mesa
el beneficio alcanza a un total de 27 mil 872 hectáreas distribuidas en ocho
estados de la República Mexicana, de los cuales sobresalen Baja California,
Sonora y Zacatecas, cuya producción durante el 2011, representó un total de 281
mil 144 toneladas con un valor de más de cuatro mil cuatro millones 736 mil
pesos, de acuerdo con el SIAP.
Deben cumplir el acuerdo las personas
físicas y morales que produzcan, manejen, almacenen, movilicen o comercialicen
frutos frescos de fresa, frambuesa, arándano, zarzamora y vid producidos u
originarios de zonas bajo control fitosanitario, excepto cuando hayan sido
industrializados.
El acuerdo prevé que, con el fin de
mitigar el riesgo de dispersión de la plaga, el SENASICA -a través de la
Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV)- realiza acciones como la
colocación de trampas y obtener muestras que se enviarán al Centro Nacional de
Referencia Fitosanitaria para su diagnóstico, a fin de detectar oportunamente
la presencia de la mosca del vinagre de las alas manchadas.
Para estas acciones se cuenta con personal
capacitado de los Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal (OASV) en los
estados, cuya labor será supervisada por personal del SENASICA, con el apoyo
del jefe de programa de Sanidad Vegetal en cada una de las entidades.
El acuerdo considera, acciones de control
que deben aplicarse en caso de que se detecte la plaga, así como capacitación
para productores y técnicos, la cual será impartida por el OASV
correspondiente, o por las empresas productoras de frutos hospedantes.
Otro de los aspectos del acuerdo es la
trazabilidad y las medidas que deben realizarse para mantener el estatus de
zona libre de la plaga, entre las que destacan la vigilancia epidemiológica y
el control de la movilización.
Cabe señalar que el Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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