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El proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-000-SAG-FITO/SSA1-2013,
límites máximos de residuos. Lineamientos técnicos y procedimiento de
autorización y revisión documento se publica hoy, 19 de agosto para efectos de
consulta pública, durante los próximos 60 días.
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El documento fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de
Normalización Agroalimentaria durante la Segunda Sesión Ordinaria del 2013,
celebrada el 3 de mayo de 2013, bajo la presidencia del subsecretario de
Alimentación y Competitividad de la SAGARPA, Ricardo Aguilar Castillo.
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Los LMR son niveles establecidos internacionalmente, basados en
información científica que sustenta la determinación de dichos límites, con el
fin de proteger la salud de los consumidores y facilitar el intercambio
comercial a nivel internacional.
Con la finalidad de ofrecer a los consumidores mayores garantías sobre la
inocuidad de los alimentos de origen vegetal, la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y la Secretaría de
Salud ponen a consideración de los interesados el proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-000-SAG-FITO/SSA1-2013, límites máximos de residuos.
Lineamientos técnicos y procedimiento de autorización y revisión.
El proyecto de NOM que se publica hoy en
el Diario Oficial de la Federación (DOF) tiene por objeto establecer los
lineamientos técnicos y procedimientos para la autorización de Límites Máximos
de Residuos (LMR) de plaguicidas químicos de uso agrícola con fines de
registro y uso.
Los plaguicidas son objeto de vigilancia
por parte de diversas dependencias del Gobierno Federal con el propósito de
garantizar al usuario su calidad y efectividad de los plaguicidas, pero también
para asegurar la salud de las personas.
El Proyecto de NOM fue aprobado por el
Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria durante la Segunda
Sesión Ordinaria del 2013, celebrada el 3 de mayo de 2013, bajo la presidencia
del subsecretario de Alimentación y Competitividad de la SAGARPA, Ricardo
Aguilar Castillo.
Los LMR son niveles establecidos
internacionalmente, basados en información científica que sustenta la
determinación de dichos límites, con el fin de proteger la salud de los
consumidores y facilitar el intercambio comercial a nivel internacional.
Para la realización de este proyecto trabajaron
en conjunto la SAGARPA, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASICA), la Secretaría de Salud, la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS); la Asociación Mexicana de la
Industria Fitosanitaria, A.C.; la Unión Mexicana de Fabricantes y Formuladores
de Agroquímicos, A.C.; la Asociación de Productores y Empacadores Exportadores
de Aguacate de México A.C. y la Asociación Mexicana de Productores,
Formuladores y Distribuidores de Insumos Orgánicos, Biológicos y Ecológicos,
A.C.
La participación de representantes de la
industria y de los órganos reguladores del Gobierno Federal responde a la
necesidad de establecer LMR de tal manera que garantice que los plaguicidas
cumplan con su función de proteger a las plantas de plagas y enfermedades, y al
mismo tiempo proteger la salud de los consumidores.
De esta forma, se cuenta con una Norma
Oficial Mexicana acorde con la regulación nacional y con los parámetros
internacionales, como los establecidos por la Organización de las Naciones
Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de
la Salud (OMS), a través del CODEX Alimentarius, entre otros.
La Norma es de observancia obligatoria en
todo el territorio de los Estados Unidos Mexicanos y aplica a las personas
físicas o morales que soliciten el registro de plaguicidas químicos de uso
agrícola con fines de uso en nuestro país y que conforme a las disposiciones
jurídicas aplicables, requieran un Límite Máximo de Residuos.
En el Proyecto de Norma Oficial Mexicana
que proponen la SAGARPA y COFEPRIS, se establecen los lineamientos técnicos
para establecer y revisar los LMR, el procedimiento para la autorización, así
como la evaluación de la conformidad a través de los laboratorios aprobados o
autorizados por el SENASICA.
El documento se publica hoy, 19 de agosto
para efectos de consulta pública, durante los próximos 60 días.
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