Programa de Fomento a
la Agricultura 2015
Componente
de Bioenergía y Sustentabilidad
La Dirección General de Fibras Naturales
y Biocombustibles de la SAGARPA, en su carácter de Unidad Responsable del
Componente Bioenergía y Sustentabilidad, considerando las necesidades de
operación del mismo, y con fundamento en el artículo 520, fracción I, inciso c)
de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la
SAGARPA, ha determinado que las Instancias Ejecutoras del Componente serán:
1.
Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO)
2. Fideicomisos
Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA)
3.
Financiera Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND)
Asimismo, con fundamento en el artículo 520,
fracción I, inciso h) de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la
Agricultura de la SAGARPA, ha determinado que las fechas de apertura y cierre
de ventanilla serán las siguientes:
I.
Las fechas de apertura de ventanillas para la
recepción de las solicitudes de
incentivo en las Instancias Ejecutoras designadas, serán las siguientes:
·
FIRCO: En
días hábiles a partir del 03 de febrero
de 2015, y hasta que se agoten los recursos presupuestales asignados al
Componente Bioenergía y Sustentabilidad.
·
FIRA:
En
días hábiles a partir del 16 de febrero de
2015, y hasta que se agoten los recursos presupuestales asignados al
Componente Bioenergía y Sustentabilidad.
·
Financiera
Nacional de Desarrollo: En días hábiles a partir del 16 de febrero de 2015, y hasta que se
agoten los recursos presupuestales asignados al Componente Bioenergía y
Sustentabilidad.
Por lo anterior, y a fin de dar cumplimiento a los objetivos
del Componente Bioenergía y Sustentabilidad del Programa de Fomento a la
Agricultura, tiene a bien emitir la siguiente:
C O
N V O C A T O R I A
De
conformidad a lo establecido en la Sección IX, artículo 75 de las Reglas de
Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2014, se convoca a
todos los interesados a participar de los incentivos del Componente de
Bioenergía y Sustentabilidad.
B A S
E S
OBJETIVO
ESPECÍFICO. Contribuir a incrementar la producción y
productividad de las Unidades Económicas rurales agrícolas mediante incentivos
para: integración de cadenas productivas (sistemas producto), desarrollo de clúster
agroalimentario; inversión en capital físico, humano y tecnológico,
reconversión productiva, agroinsumos, manejo postcosecha, uso eficiente de la
energía y uso sustentable de los recursos naturales.
POBLACIÓN
OBJETIVO. Personas físicas o morales que se
dediquen a procesos productivos primarios en actividades agrícolas, pecuarias,
acuícolas y pesqueras.
COBERTURA: La cobertura del Componente de Bioenergía y Sustentabilidad
es de carácter nacional.
RECEPCIÓN
DE SOLICITUDES. La ventanilla recibirá
la solicitud de incentivo con los documentos requeridos, los revisará y
cotejará, y, en caso de estar completos y corresponder a los originales,
entregará al solicitante un acuse de reibo emitido por el SURI o el sistema que
tenga la Instancia Ejecutora con un número de folio. El solicitante deberá
consevar el número de folio obtenido hasta la conclusión de su trámite.
NOTA:
Para
conocer las especificaciones de este Componente se recomienda consultar los
Criterios Técnicos de Operación que se
encuentran publicadas en cada una de las Instancias Ejecutoras, en donde se
detallan las particularidades de cada concepto e incentivos que se otorgan, así
como los formatos que se deben requisitar.
CONCEPTOS DE INCENTIVO
Concepto
|
Montos
máximos
|
1. Bioenergéticos
|
|
a) Establecimiento de semilleros y/o cultivos
comerciales para la producción de insumos para bioenergéticos. Incentivo a
proyectos integrales (incluyendo plantas de producción) para la producción de
bioenergéticos./1
|
Hasta 30% del costo
del paquete tecnológico, y hasta un máximo de $5,000,000.00 (cinco millones
de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. Para proyectos integrales, hasta 50% del
proyecto, y hasta un máximo de $20,000,000.00 (veinte millones de pesos
00/100 M.N.) por proyecto.
|
2. Energías renovables
|
|
a) Sistemas térmicos solares.
b) Sistemas fotovoltaicos interconectados.
c) Sistemas fotovoltaicos autónomos.
d) Motogeneradores.
e) Sistemas de biodigestión.
f) Obras accesorias para interconexión.
|
Hasta 50% del costo
del sistema sin rebasar $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).
|
g) Aprovechamiento de la biomasa para
generación de energía y/o otros proyectos de energías renovables. /1
|
Hasta 50% del costo
del proyecto, y hasta un máximo de $15,000,000.00 (quince millones de pesos
00/100 M.N.) por proyecto.
|
3. Eficiencia energética
|
|
a) Sistemas de
bombeo de alta eficiencia para el riego agrícola.
|
Hasta 50% del costo
del sistema sin rebasar $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.).
|
b) Sistemas de enfriamiento tipo “chiller”.
|
Hasta 50% del costo
del sistema sin rebasar $750,000.00 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100
M.N.).
|
c) Modernización de cámaras de enfriamiento.
|
Hasta 50% del costo
del sistema sin rebasar $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
|
d) Equipamiento accesorio para eficiencia energética.
|
Hasta 50% del costo
del sistema sin rebasar $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.).
|
4. Bioeconomía
|
|
a) Proyectos integrales de la bioeconomía;
proyectos de producción de abonos orgánicos; incluyendo plantas de producción
de biofertilizantes y minerales orgánicos. /1 /2
|
Hasta 50% de la
inversión total del proyecto, y hasta un máximo de $3,000,000.00 (tres millones
de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. Para proyectos de fertilizantes minerales
orgánicos hasta 50% de la inversión total del proyecto, y hasta un máximo de
$10,000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto.
|
b) Incentivo a paquete tecnológico para inducir
el uso de bioinsumos y el uso de fertilizantes minerales orgánicos.
|
Hasta el 50% del
costo de los bioinsumos considerados en el paquete tecnológico hasta $1,000.00
(mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea, sin rebasar $750,000.00 (setecientos
cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por beneficiario/a final.
|
c) Establecimiento y/o mantenimiento de
plantaciones orgánicas comerciales. /1Servicios para certificaciones
orgánicas y/o de sustentabilidad.
|
Hasta el 30% del
costo del paquete tecnológico, y hasta $1,000,000.00 (un millón de pesos
00/100 M.N.) por proyecto. Los servicios de certificación hasta el 50%, sin
rebasar los $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.).
|
5. Otros incentivos
|
|
a) Incentivo para Proyectos Estratégicos
Integrales en zonas de alta y muy alta marginación orientados al desarrollo
de productos de la Bioeconomía./3
|
El 75% del total
del proyecto considerando todas las inversiones excepto impuestos y hasta
$4,000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.).
|
/1 Los montos de incentivo señalados deberán
considerar un tope de hasta $750,000.00 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100
M.N.) por beneficiario/a final.
/2 Los Proyectos Integrales de la Bioeconomía contemplan
la producción de insumos, procesamiento y comercialización de bioplásticos,
alimentos funcionales, nutracéuticos, biofibras, farmacéuticos, cosmecéuticos y
bioplaguicidas.
/3 Considera la producción de cultivos, sistemas de infraestructura básica
de apoyo, equipos e implementos especializados para la recolección y
elaboración de abonos orgánicos, equipos de laboratorio, procesamiento y
comercialización de fibras naturales y elementos funcionales de la Bioeconomía.
REQUISITOS:
PERSONAS FÍSICAS MAYORES DE EDAD
·
Identificación oficial vigente;
·
CURP;
·
RFC;
·
Comprobante de domicilio del solicitante, con una vigencia no
mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
·
Comprobante de la legal posesión del predio.
Los
apoderados de personas físicas sólo podrán registrar hasta 5 solicitudes como
máximo en este ejercicio 2015.
En
caso de que la persona física esté representada, el representante, tutor (en
caso de ser menos de edad) o apoderado legal deberá cumplir además con los
siguientes requisitos documentales:
·
Poder o Carta poder para gestión de incentivos (certificada o
avalada por un Fedatario Público);
·
Identificación oficial vigente
·
CURP, y
·
Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses anteriores
a la fecha de solicitud.
PERSONAS MORALES
·
Acta constitutiva y, de las modificaciones a ésta y/o a sus
estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente
protocolizada ante Fedatario Público;
·
Acta en la que conste la designación de su representante
legal o poder debidamente protocolizado ante fedatario público;
·
Comprobante de domicilio fiscal, con una vigencia no mayor a
tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
·
RFC;
·
Identificación oficial vigente del representante legal;
·
CURP del representante legal;
·
Comprobante de la legal posesión del predio;
·
Comprobante de domicilio del representante legal con vigencia
no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
·
Listado de productores integrantes de la persona moral
solicitante.
LOS REQUISITOS ESPECÍFICOS SON:
I. Documento que indique las especificaciones
técnicas de la infraestructura, equipo y/o servicio para el que se solicita
incentivo, así como las inversiones, beneficios e impacto;
II. Para el caso de proyectos cuyo monto de
incentivo solicitado sea mayor a 500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.),
se deberá presentar un proyecto conforme al guión establecido en el Anexo II;
III. Carta suscrita por la persona física, o en su
caso autoridad correspondiente o representante legal de la institución o
empresa participante, en la cual establezca el compromiso de otorgar su
aportación necesaria para llevar a cabo el proyecto.
IV. Para el caso de proyectos de producción de
insumos para bioenergéticos, presentar paquete tecnológico validado por la
Secretaría.
V. Para el caso de proyectos de sistema de bombeo
de alta eficiencia para uso agrícola deberán cumplir lo siguiente:
a. Título de concesión de agua vigente emitido
por la CONAGUA, o copia del oficio que señale que la concesión ha sido
otorgada.
b. Comprobante de estar al corriente del pago
por el suministro de energía eléctrica con la Comisión Federal de Electricidad.
c. Cotización de equipo a adquirir nuevo y de alta
eficiencia.
Los equipos de
bombeo a sustituir, deberán tener más de 15 años de antigüedad o una eficiencia
energética menor al 40%.
VI.
Para el caso del concepto de incentivo para el aprovechamiento de la biomasa
para generación de energía y/o otros proyectos de energías, se deberá de contar
con la solicitud de la normativa aplicable de acuerdo al tipo de proyecto.
VII.
Para los proyectos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones orgánicas
es necesario presentar paquete tecnológico validado por organismo certificador,
así como el certificado vigente.
VIII.
Para el concepto de incentivo de Proyectos Estratégicos Integrales, deberá
integrar al menos 20 productores considerando que el 70% sean mujeres. Que se
cuente con al menos el 10% de participación del total del proyecto proveniente
de Gobiernos Estatales, Fundaciones u Organismos no Gubernamentales.
Para zonas indígenas y productores no
conformados en una figura moral, podrán conformarse grupos de trabajo, cuyos
integrantes de cada grupo no reciban cada uno de ellos más de 30,000.00 pesos
de incentivos, integrados al amparo de alguna figura legalmente constituida de
representatividad estatal.
IX.
Los productores de comunidades indígenas o comunales, podrán acreditar la legal
posesión del predio con los documentos expedidos por las instancias
competentes, y en su caso, conforme a sus usos y costumbres.
LOS CRITERIOS DE DICTAMINACIÓN:
Está determinado por:
I. Cumplimiento de los
requisitos aplicables;
II. Dictamen (técnico, financiero,
económico y ambiental);
III. Evaluación bajo los
siguientes parámetros:
a) Existencia de suficiencia
presupuestaria.
b) Calificación conforme al
dictamen emitido.
c) Alineación a las prioridades
definidas por la Unidad Responsable.
d) Primero en tiempo, primero en
derecho.
IV. Para el caso de proyectos
de sistema de bombeo de alta eficiencia para uso agrícola se dará preferencia a
aquellos proyectos que cuenten con medidores de consumo de agua.
UBICACIÓN
DE LAS VENTANILLAS. Las ventanillas de recepción de las solicitudes se
establecerán en las Gerencias Estatales del FIRCO, Agencias FIRA de toda la
República Mexicana, y en las Agencias Estatales y Agencias de Crédito Rural de
la Financiera Nacional de Desarrollo, en las fechas señaladas al inicio del
presente documento.
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