DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

viernes, 23 de enero de 2015

Publica SAGARPA-FIRCO convocatoria Componente de Bioenergía y Sustentabilidad

Programa de Fomento a la Agricultura 2015
Componente de Bioenergía y Sustentabilidad


La Dirección General de Fibras Naturales y Biocombustibles de la SAGARPA, en su carácter de Unidad Responsable del Componente Bioenergía y Sustentabilidad, considerando las necesidades de operación del mismo, y con fundamento en el artículo 520, fracción I, inciso c) de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la SAGARPA, ha determinado que las Instancias Ejecutoras del Componente serán:

1.     Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO)
2.     Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA)
3.     Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND)

Asimismo, con fundamento en el artículo 520, fracción I, inciso h) de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la SAGARPA, ha determinado que las fechas de apertura y cierre de ventanilla serán las siguientes:

I.   Las fechas de apertura de ventanillas para la recepción de las solicitudes de incentivo en las Instancias Ejecutoras designadas, serán las siguientes:

·         FIRCO: En días hábiles a partir del 03 de febrero de 2015, y hasta que se agoten los recursos presupuestales asignados al Componente Bioenergía y Sustentabilidad.
·         FIRA: En días hábiles a partir del 16 de febrero de 2015, y hasta que se agoten los recursos presupuestales asignados al Componente Bioenergía y Sustentabilidad.
·         Financiera Nacional de Desarrollo: En días hábiles a partir del 16 de febrero de 2015, y hasta que se agoten los recursos presupuestales asignados al Componente Bioenergía y Sustentabilidad.

Por lo anterior, y a fin de dar cumplimiento a los objetivos del Componente Bioenergía y Sustentabilidad del Programa de Fomento a la Agricultura, tiene a bien emitir la siguiente:


C O N V O C A T O R I A


De conformidad a lo establecido en la Sección IX, artículo 75 de las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2014, se convoca a todos los interesados a participar de los incentivos del Componente de Bioenergía y Sustentabilidad.


B A S E S


OBJETIVO ESPECÍFICO. Contribuir a incrementar la producción y productividad de las Unidades Económicas rurales agrícolas mediante incentivos para: integración de cadenas productivas (sistemas producto), desarrollo de clúster agroalimentario; inversión en capital físico, humano y tecnológico, reconversión productiva, agroinsumos, manejo postcosecha, uso eficiente de la energía y uso sustentable de los recursos naturales.

POBLACIÓN OBJETIVO. Personas físicas o morales que se dediquen a procesos productivos primarios en actividades agrícolas, pecuarias, acuícolas y pesqueras.

COBERTURA: La cobertura del Componente de Bioenergía y Sustentabilidad es de carácter nacional.

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES.  La ventanilla recibirá la solicitud de incentivo con los documentos requeridos, los revisará y cotejará, y, en caso de estar completos y corresponder a los originales, entregará al solicitante un acuse de reibo emitido por el SURI o el sistema que tenga la Instancia Ejecutora con un número de folio. El solicitante deberá consevar el número de folio obtenido hasta la conclusión de su trámite.

NOTA:

Para conocer las especificaciones de este Componente se recomienda consultar los Criterios Técnicos de Operación  que se encuentran publicadas en cada una de las Instancias Ejecutoras, en donde se detallan las particularidades de cada concepto e incentivos que se otorgan, así como los formatos que se deben requisitar.

CONCEPTOS DE INCENTIVO
Concepto
Montos máximos
1.  Bioenergéticos
a)  Establecimiento de semilleros y/o cultivos comerciales para la producción de insumos para bioenergéticos. Incentivo a proyectos integrales (incluyendo plantas de producción) para la producción de bioenergéticos./1
Hasta 30% del costo del paquete tecnológico, y hasta un máximo de $5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. Para proyectos integrales, hasta 50% del proyecto, y hasta un máximo de $20,000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto.
2.  Energías renovables
a)   Sistemas térmicos solares.
b)  Sistemas fotovoltaicos interconectados.
c)  Sistemas fotovoltaicos autónomos.
d)  Motogeneradores.
e)  Sistemas de biodigestión.
f)   Obras accesorias para interconexión.

Hasta 50% del costo del sistema sin rebasar $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).
g)  Aprovechamiento de la biomasa para generación de energía y/o otros proyectos de energías renovables. /1
Hasta 50% del costo del proyecto, y hasta un máximo de $15,000,000.00 (quince millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto.
3.  Eficiencia energética
a) Sistemas de bombeo de alta eficiencia para el riego agrícola.
Hasta 50% del costo del sistema sin rebasar $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.).
b) Sistemas de enfriamiento tipo “chiller”.
Hasta 50% del costo del sistema sin rebasar $750,000.00 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
c) Modernización de cámaras de enfriamiento.
Hasta 50% del costo del sistema sin rebasar $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
d) Equipamiento accesorio para eficiencia energética.
Hasta 50% del costo del sistema sin rebasar $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.).
4. Bioeconomía
a)  Proyectos integrales de la bioeconomía; proyectos de producción de abonos orgánicos; incluyendo plantas de producción de biofertilizantes y minerales orgánicos. /1 /2
Hasta 50% de la inversión total del proyecto, y hasta un máximo de $3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. Para proyectos de fertilizantes minerales orgánicos hasta 50% de la inversión total del proyecto, y hasta un máximo de $10,000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) por proyecto.
b)  Incentivo a paquete tecnológico para inducir el uso de bioinsumos y el uso de fertilizantes minerales orgánicos.
Hasta el 50% del costo de los bioinsumos considerados en el paquete tecnológico hasta $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea, sin rebasar $750,000.00 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por beneficiario/a final.
c)  Establecimiento y/o mantenimiento de plantaciones orgánicas comerciales. /1Servicios para certificaciones orgánicas y/o de sustentabilidad.
Hasta el 30% del costo del paquete tecnológico, y hasta $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. Los servicios de certificación hasta el 50%, sin rebasar los $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.).
5.  Otros incentivos
a)  Incentivo para Proyectos Estratégicos Integrales en zonas de alta y muy alta marginación orientados al desarrollo de productos de la Bioeconomía./3
El 75% del total del proyecto considerando todas las inversiones excepto impuestos y hasta $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.).
/1 Los montos de incentivo señalados deberán considerar un tope de hasta $750,000.00 (setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por beneficiario/a final.
/2 Los Proyectos Integrales de la Bioeconomía contemplan la producción de insumos, procesamiento y comercialización de bioplásticos, alimentos funcionales, nutracéuticos, biofibras, farmacéuticos, cosmecéuticos y bioplaguicidas.
/3  Considera la producción de cultivos, sistemas de infraestructura básica de apoyo, equipos e implementos especializados para la recolección y elaboración de abonos orgánicos, equipos de laboratorio, procesamiento y comercialización de fibras naturales y elementos funcionales de la Bioeconomía.

REQUISITOS:

PERSONAS FÍSICAS MAYORES DE EDAD
·         Identificación oficial vigente;
·         CURP;
·         RFC;
·         Comprobante de domicilio del solicitante, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
·         Comprobante de la legal posesión del predio.

Los apoderados de personas físicas sólo podrán registrar hasta 5 solicitudes como máximo en este ejercicio 2015.

En caso de que la persona física esté representada, el representante, tutor (en caso de ser menos de edad) o apoderado legal deberá cumplir además con los siguientes requisitos documentales:

·         Poder o Carta poder para gestión de incentivos (certificada o avalada por un Fedatario Público);
·         Identificación oficial vigente
·         CURP, y
·         Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud.


PERSONAS MORALES

·         Acta constitutiva y, de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público;
·         Acta en la que conste la designación de su representante legal o poder debidamente protocolizado ante fedatario público;
·         Comprobante de domicilio fiscal, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
·         RFC;
·         Identificación oficial vigente del representante legal;
·         CURP del representante legal;
·         Comprobante de la legal posesión del predio;
·         Comprobante de domicilio del representante legal con vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
·         Listado de productores integrantes de la persona moral solicitante.

LOS REQUISITOS ESPECÍFICOS SON:

I.   Documento que indique las especificaciones técnicas de la infraestructura, equipo y/o servicio para el que se solicita incentivo, así como las inversiones, beneficios e impacto;
II.  Para el caso de proyectos cuyo monto de incentivo solicitado sea mayor a 500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.), se deberá presentar un proyecto conforme al guión establecido en el Anexo II;
III.  Carta suscrita por la persona física, o en su caso autoridad correspondiente o representante legal de la institución o empresa participante, en la cual establezca el compromiso de otorgar su aportación necesaria para llevar a cabo el proyecto.
IV. Para el caso de proyectos de producción de insumos para bioenergéticos, presentar paquete tecnológico validado por la Secretaría.
V.  Para el caso de proyectos de sistema de bombeo de alta eficiencia para uso agrícola deberán cumplir lo siguiente:
a.     Título de concesión de agua vigente emitido por la CONAGUA, o copia del oficio que señale que la concesión ha sido otorgada.
b.     Comprobante de estar al corriente del pago por el suministro de energía eléctrica con la Comisión Federal de Electricidad.
c.     Cotización de equipo a adquirir nuevo y de alta eficiencia.
Los equipos de bombeo a sustituir, deberán tener más de 15 años de antigüedad o una eficiencia energética menor al 40%.
VI. Para el caso del concepto de incentivo para el aprovechamiento de la biomasa para generación de energía y/o otros proyectos de energías, se deberá de contar con la solicitud de la normativa aplicable de acuerdo al tipo de proyecto.
VII. Para los proyectos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones orgánicas es necesario presentar paquete tecnológico validado por organismo certificador, así como el certificado vigente.
VIII. Para el concepto de incentivo de Proyectos Estratégicos Integrales, deberá integrar al menos 20 productores considerando que el 70% sean mujeres. Que se cuente con al menos el 10% de participación del total del proyecto proveniente de Gobiernos Estatales, Fundaciones u Organismos no Gubernamentales.
     Para zonas indígenas y productores no conformados en una figura moral, podrán conformarse grupos de trabajo, cuyos integrantes de cada grupo no reciban cada uno de ellos más de 30,000.00 pesos de incentivos, integrados al amparo de alguna figura legalmente constituida de representatividad estatal.
IX. Los productores de comunidades indígenas o comunales, podrán acreditar la legal posesión del predio con los documentos expedidos por las instancias competentes, y en su caso, conforme a sus usos y costumbres.

LOS CRITERIOS DE DICTAMINACIÓN:
Está determinado por:
I.          Cumplimiento de los requisitos aplicables;
II.         Dictamen (técnico, financiero, económico y ambiental);
III.         Evaluación bajo los siguientes parámetros:
a)     Existencia de suficiencia presupuestaria.
b)     Calificación conforme al dictamen emitido.
c)     Alineación a las prioridades definidas por la Unidad Responsable.
d)     Primero en tiempo, primero en derecho.
IV.        Para el caso de proyectos de sistema de bombeo de alta eficiencia para uso agrícola se dará preferencia a aquellos proyectos que cuenten con medidores de consumo de agua.


UBICACIÓN DE LAS VENTANILLAS.  Las ventanillas de recepción de las solicitudes se establecerán en las Gerencias Estatales del FIRCO, Agencias FIRA de toda la República Mexicana, y en las Agencias Estatales y Agencias de Crédito Rural de la Financiera Nacional de Desarrollo, en las fechas señaladas al inicio del presente documento.

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