Para
que cualquier semilla de origen nacional o extranjero, pueda ser comercializada
o puesta en circulación en Guanajuato,
deberá llevar en el envase una etiqueta a la vista que incluya los
siguientes datos informativos:
I.
El nombre del cultivo;
II.
Género y especie vegetal;
III.
Denominación de la variedad vegetal;
IV.
Identificación de la categoría de semilla, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley Sobre Producción, Certificación y
Comercio de Semillas;
V.
Cuando aplique, el porcentaje de germinación y en su caso, el contenido de
semillas de otras variedades y especies así como el de impurezas o materia
inerte;
VI.
En su caso, la mención y descripción del tratamiento químico que se le haya
aplicado a la semilla, debiendo en este supuesto, estar teñida para advertir
sobre su improcedencia para efectos de alimentación humana y animal;
VII.
Nombre o razón social del productor o responsable de la semilla y su domicilio;
VIII.
Número de lote que permita dar seguimiento o rastreo al origen y calidad de la
misma; y,
IX.
Los demás datos que en su caso establezcan las Normas Oficiales Mexicanas que
deriven de esta Ley.
Lo
anterior es con la finalidad, de exigir las características propias de la semilla y la empresa proveedora o
comercializadora asuma su estricta responsabilidad, en la movilización del
mercado de semillas
Asimismo,
tratándose de la comercialización o puesta en circulación de semillas de
organismos genéticamente modificados, se deberán acatar las disposiciones de
esta Ley que les sean aplicables, además de cumplir con lo que dispone la Ley en la materia.
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