DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

martes, 27 de mayo de 2014

Modificaciones a las Reglas de Operación 2014 del Programa de Fomento a la Agricultura

El día de ayer 26 de mayo de 2014, la SAGARPA publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) diversas modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, mismas que fueron publicadas en el DOF el 18 de diciembre de 2013.

Dentro de las más importantes, la SAGARPA Guanajuato hace del conocimiento a los productores agrícolas y los asesores técnicos que los apoyan, las siguientes:

En la Fracción I del artículo 7 de los Lineamientos Generales se establece que los productores deben “Registrar su pre solicitud al Programa de Fomento a la Agricultura, en la Solicitud de Incentivo de los Componentes del Programa de Fomento a la Agricultura. Con las modificaciones ahora se establece que en caso de no contar con los medios para realizar el pre registro, los productores podrán presentar su solicitud directamente en ventanillas en el formato Solicitud de Incentivo de los Componentes del Programa de Fomento a la Agricultura, sin realizar el pre registro.

En el artículo 22 del PROAGRO Productivo se establecía que los incentivos serán para todos aquellos productores agrícolas, personas físicas o morales, con predios en explotación que se encuentren debidamente inscritos en el Padrón de PROAGRO Productivo que hubiesen recibido apoyos del PROCAMPO en alguno de los últimos dos ciclos homólogos anteriores. Con las modificaciones ahora se amplía el periodo, ya que pueden ser en alguno de los últimos tres ciclos homólogos anteriores.

En el artículo 50 que regula el Programa de Incentivos para Productores de Maíz y Frijol (PIMAF), en su vertiente de Pequeños Productores, se corrigieron los montos máximos de apoyo por hectárea para quedar en “Hasta $2,200.00 para el paquete tecnológico y hasta $150,000.00 para el acompañamiento técnico”. De igual manera, también se corrigieron los montos máximos por productor para quedar en “Hasta $6,600.00 por productor y hasta $150,000.00 por técnico que atienda un polo de desarrollo total o parcialmente”.

En cuanto a la vertiente de Alta Productividad, actualmente las modificaciones establecen que los incentivos son para a) Insumos (Semilla híbrida o criolla seleccionada, insumos de nutrición vegetal, insumos de control fitosanitario), a razón de $1,200.00 por hectárea y b) Consultoría especializada, y acompañamiento técnico personalizado al productor/a, con un monto incentivo de $1,000.00 por hectárea, condicionado a que el productor cubra el costo de análisis de suelo.


En relación con los montos máximos por hectárea, ahora quedaron en $1,200.00 para el paquete tecnológico y $1,000.00 para consultoría especializada. En cuanto a los montos máximos por productor, las modificaciones establecen que serán de hasta $24,000.00 por productor para paquetes tecnológicos y hasta $500,000.00 para consultoría especializada y atender un polo de desarrollo total o parcialmente.

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