DELEGACIÓN GUANAJUATO

La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que tiene entre sus objetivos propiciar el ejercicio de una política de apoyo que permita producir mejor, aprovechar mejor las ventajas comparativas de nuestro sector agropecuario, integrar las actividades del medio rural a las cadenas productivas del resto de la economía, estimular la colaboración de las organizaciones de productores con programas y proyectos propios.

martes, 6 de octubre de 2015

Recomienda SAGARPA el uso de semilla certificada

El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS), de la Secretaria de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), recomienda a los agricultores que siembran trigo,  cebada y garbanzo en el estado de Guanajuato del ciclo otoño-invierno 2015/2016, el uso de semilla certificada, con la finalidad de garantizar la calidad de esta, lo que permitirá obtener altos rendimientos en sus cosechas, además de asegurar el control fitosanitario del cultivo y/o la diseminación de  plantas nocivas como son las “avenas fatuas”, “correhuelas”, “malvas”, etc., que impactan negativamente en los cultivos.

Asimismo, se sugiere adquirir  variedades recomendadas para  la región, por consiguiente consulte el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales en la página www.sagarpa.gob.mx/snics.

También es importante que en el momento de adquirir la semilla, se aseguren que los bultos tengan adherida la etiqueta que otorga el SNICS donde garantice que es semilla certificada.

Adicionalmente, se les informa  a los productores que la semilla que se oferta en el comercio tanto para certificada y la que no es certificada, el mismo envase deberá de contener los datos informativos sobre las características propias de la semilla como son:  razón social del proveedor, lugar y ciclo de producción, recomendaciones para el uso óptimo (densidad de siembra, fecha de siembra, zona de adaptación, etc.), resultados de análisis de laboratorio, ingrediente activo preventivo y dosis,  e indicación sobre tolerancias de patógenos infectivos al cultivo.

Lo anterior es de conformidad a lo exigido al artículo 33º. De la ley federal producción, certificación y comercio de semillas y su reglamento de la propia ley.


Finalmente, el tratamiento de la semilla deberá cumplir con la normatividad exigida en materia de control y uso de plaguicidas y sustancias tóxicas.

No hay comentarios: